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Adquirir una vivienda

ene 23, 2024
En la emocionante travesía de adquirir un nuevo hogar la tramitación que conlleva puede convertirse en una ardua tarea. Desde Alerman te avanzamos los principales conceptos en materia de impuestos:
 
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD):
 
Uno de los primeros impuestos que encuentras al comprar una vivienda de segunda mano es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto, gestionado por las comunidades autónomas, grava la transmisión de la propiedad y varía en porcentaje según la región.
 
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
 
Si estás comprando una vivienda nueva directamente del promotor, es probable que te encuentres con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Este impuesto se aplica al precio de venta y, en algunos casos, se combina con el ITP.
 
- Plusvalía Municipal:
 
La Plusvalía Municipal es un impuesto local que grava el incremento de valor de un terreno durante la tenencia. Por regla general, el pago de la plusvalía lo realiza el comprador.  
 
-Deducciones y Beneficios Fiscales:
 
En Alerman somos conocedores en la materia; por ello, además de asesoraros en todo el proceso de compra de viviendas exploramos las deducciones disponibles (vivienda habitual, edad, etc.), para garantizarte el mejor asesoramiento y puedas aprovechar todas las deducciones y beneficios fiscales que sean de aplicación.
 
Nuestro equipo de expertos en derecho fiscal está aquí para responder tus preguntas y guiarte a través del laberinto de impuestos, asegurándonos de que te embarques en esta nueva etapa de tu vida con confianza y claridad. ¡Contáctanos para más información!

Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.

11 mar, 2024
La presentación del Modelo 720 es un paso clave para aquellos contribuyentes que poseen bienes o derechos en el extranjero. Te detallamos quiénes están obligados a presentar el modelo y qué información se debe incluir. Obligados: • Personas físicas y jurídicas residentes en España. • Establecimientos permanentes en España de personas físicas/jurídicas no residentes. • Entidades del 35.4LGT (herencias yacentes, comunidades de bienes). Supuestos: • Ser titular, cotitular, representante, autorizado o beneficiario de cuentas en entidades financieras en el extranjero, con saldos medios del último trimestre o a 31 de diciembre que superen conjuntamente los 50.000 €. • Ser titular o titular real de valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero, cuando superen conjuntamente los 50.000 € (excluyendo planes de pensiones). • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero, con su límite conjunto de 50.000 €. • Es independiente la participación que tenga cada uno en el bien; lo importante es el valor total del mismo. También estarán obligados a la presentación aquellos que, habiendo declarado sobre dichos bienes, hayan sido titulares en cualquier momento del año de la declaración y perdiesen la condición a 31 de diciembre de ese año (se suministra la información de la fecha de la extinción de la titularidad). Si se adquieren a lo largo del ejercicio y se extingue su condición de titular sobre ellos en el mismo ejercicio, no existe obligación de informar, o bien si nunca se tuvo la obligación de informar y se extingue. Excepciones: Bienes de personas jurídicas y demás entidades residentes, EP en España de no residentes, que estén registrados e identificados en su contabilidad. Bienes de personas físicas residentes que realicen actividad económica que estén registrados e identificados en su contabilidad (no aplicable para el caso de valores, derechos, seguros y rentas). Plazo: Hasta el 1 de ABRIL de 2024. No es necesario volver a presentar el modelo 720 al año siguiente, a menos que haya habido un incremento de cualquiera de los tres tipos de activos superior a 20.000 € respecto a la última declaración. Nuestro equipo de expertos en derecho fiscal está aquí para responder tus preguntas y guiarte a través del laberinto de impuestos, asegurándonos de que te embarques en esta nueva etapa de tu vida con confianza y claridad. ¡Contáctanos para más información! Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
23 ene, 2024
En la emocionante travesía de adquirir un nuevo hogar la tramitación que conlleva puede convertirse en una ardua tarea. Desde Alerman te avanzamos los principales conceptos en materia de impuestos: - Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD): Uno de los primeros impuestos que encuentras al comprar una vivienda de segunda mano es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto, gestionado por las comunidades autónomas, grava la transmisión de la propiedad y varía en porcentaje según la región. - Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Si estás comprando una vivienda nueva directamente del promotor, es probable que te encuentres con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Este impuesto se aplica al precio de venta y, en algunos casos, se combina con el ITP. - Plusvalía Municipal: La Plusvalía Municipal es un impuesto local que grava el incremento de valor de un terreno durante la tenencia. Por regla general, el pago de la plusvalía lo realiza el comprador. -Deducciones y Beneficios Fiscales: En Alerman somos conocedores en la materia; por ello, además de asesoraros en todo el proceso de compra de viviendas exploramos las deducciones disponibles (vivienda habitual, edad, etc.), para garantizarte el mejor asesoramiento y puedas aprovechar todas las deducciones y beneficios fiscales que sean de aplicación. Nuestro equipo de expertos en derecho fiscal está aquí para responder tus preguntas y guiarte a través del laberinto de impuestos, asegurándonos de que te embarques en esta nueva etapa de tu vida con confianza y claridad. ¡Contáctanos para más información! Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
03 oct, 2023
La evolución del derecho de sociedades es un proceso que ha experimentado cambios significativos a lo largo de la historia, influenciados por factores económicos, políticos, sociales y culturales. A continuación, se presenta una visión general de la evolución del derecho de sociedades: 1. Antigüedad: En las civilizaciones antiguas, como la romana y la griega, existían formas rudimentarias de sociedades comerciales. Sin embargo, estas sociedades se basaban en acuerdos verbales y no tenían una regulación legal específica. 2. Edad Media: Durante la Edad Media, en Europa, se desarrollaron las corporaciones y gremios, que eran asociaciones de comerciantes y artesanos. Estas organizaciones tenían sus propias reglas y normativas internas. 3. Siglo XVII: En Inglaterra, se promulgó la Ley de Compañías de 1600, que permitía la creación de sociedades anónimas con capital abierto al público. Esto sentó las bases para el desarrollo de las sociedades anónimas modernas. 4. Siglo XIX: La Revolución Industrial en Europa y América del Norte generó una mayor necesidad de financiamiento para empresas. Esto condujo al desarrollo de leyes de sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada en varios países, incluyendo el Reino Unido y los Estados Unidos. 5. Siglo XX: En el siglo XX, el derecho de sociedades se fue expandiendo y adaptando a las cambiantes necesidades económicas y empresariales. Surgieron nuevas formas de organización, como las sociedades de capital de riesgo y las sociedades de inversión. 6. Globalización: Con la creciente globalización de la economía, muchas jurisdicciones adaptaron sus leyes de sociedades para atraer inversiones extranjeras y promover la inversión interna. Esto llevó a la armonización y estandarización de algunas regulaciones. 7. Siglo XXI: En el siglo XXI, se han producido avances significativos en el derecho de sociedades relacionados con la gobernanza corporativa, la responsabilidad social de las empresas y la regulación de las empresas tecnológicas y de la economía compartida. 8. Sostenibilidad y Ética: La preocupación por la sostenibilidad ambiental y la responsabilidad social de las empresas ha llevado a un enfoque más amplio en la regulación de las sociedades, con un mayor énfasis en la rendición de cuentas y la transparencia. 9. Tecnología: La digitalización y la tecnología blockchain están comenzando a influir en la forma en que se crean y gestionan las sociedades, permitiendo una mayor automatización y eficiencia en los procesos administrativos y de cumplimiento. En resumen, el derecho de sociedades ha evolucionado a lo largo de la historia para adaptarse a las necesidades cambiantes de las empresas y la economía. Ha pasado de formas rudimentarias de asociación a estructuras más complejas y reguladas que reflejan las demandas de la sociedad y las empresas modernas. La evolución continúa a medida que las tecnologías y las expectativas sociales siguen cambiando. Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
31 may, 2023
En España, el usufructo se define como el derecho de usar y disfrutar de un bien o propiedad ajena sin ser su propietario. Existen varios tipos de usufructo en España, los más comunes son: - Usufructo legal: Es el relacionado con el derecho del cónyuge que queda viudo tras el fallecimiento del otro. - Usufructo voluntario: Es aquel que surge de manera libre tras establecerlo una persona en su testamento. - Usufructo vitalicio: Es el usufructo que se extiende durante toda la vida del usufructuario, después de la cual el bien vuelve a su propietario original. - Usufructo temporal: Es el usufructo que se establece por un período de tiempo específico, después del cual el bien vuelve a su propietario original. - Usufructo de rentas: El usufructuario solo tiene derecho a percibir las rentas o beneficios generados por el bien o propiedad, pero no tiene derecho a utilizar o disfrutar físicamente del bien. - Usufructo de una parte: El usufructo solo se establece sobre una parte del bien o propiedad, mientras que el propietario conserva la otra parte. - Usufructo de una cosa fungible: El usufructuario solo tiene derecho a usar y disfrutar de un bien de tipo fungible, como el dinero, y no de un bien específico. Estos son solo algunos de los tipos de usufructo más comunes en España, pero existen otros tipos específicos que pueden depender de la legislación aplicable y de las necesidades de las partes involucradas Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
17 ene, 2023
Un certificado electrónico es una forma de autenticar la identidad de un individuo o de una entidad en línea, así como, para garantizar la integridad de un documento o mensaje electrónico. Entre otras funciones, un certificado electrónico sirve Presentar y liquidar impuestos, presentar recursos, consultar el padrón, solicitar subvenciones, firmar electrónicamente documentos y formularios oficiales. Los certificados electrónicos en España son emitidos y gestionados por entidades de certificación reconocidas por la Administración General del Estado. Estas entidades emiten y revocan certificados, verifican la identidad de las personas que solicitan certificados y garantizan la seguridad del proceso de certificación. Alerman Abogados es Autoridad de Registro del Prestador de Servicios de Confianza Cualificado Uanataca, permitiéndonos emisión de certificados digitales gestionando de forma autónoma toda la documentación relativa al reconocimiento y contratos. Existen diferentes tipos de certificados electrónicos. Cada uno de ellos con unas características y usos específicos. Los certificados electrónicos personales son utilizados para autenticar la identidad de un individuo en línea y para firmar electrónicamente documentos y mensajes. Los certificados electrónicos de empresa, por otro lado, son utilizados para autenticar la identidad de una entidad y para realizar operaciones en línea. En España se han implementado varias iniciativas para fomentar el uso de los certificados electrónicos. En este sentido, en el ámbito público se utilizan para hacer trámites con la administración, en el ámbito privado es común utilizarlos para firmar digitalmente contratos, entre otros. En algunas circunstancias, es obligatorio contar con un certificado electrónico válido para realizar ciertos trámites con la administración y para acceder a algunos servicios en línea. Desde Alerman Abogados estamos a su disposición para asesorarle en esta materia y obtener su certificado electrónico sin desplazamientos y de forma rápida y eficiente. Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
10 ene, 2023
Con la entrada del año 2023, en muchas compañías, se producen las revisiones salariales de los profesionales, así como la entrega de bonus. Los bonus en os despachos de abogados sirven para recompensar a sus trabajadores por el trabajo realizado durante el ejercicio anterior. En muchas ocasiones, los bonus se fundamentan en el rendimiento del abogado y podrán ser otorgados en función de diferentes factores como la productividad, la captación de clientes, el nivel de ingresos generado para el despacho, etc. La retribución puede ser económica o a través de acciones o participaciones de la compañía o, incluso, en opciones de compra de participaciones. La asignación de los bonus puede ser una forma de motivar a los trabajadores de una manera muy efectiva y fomentar la competencia sana en el despacho; sin embargo, puede generar rivalidades y tensiones si no se maneja de manera adecuada. Por ello, es importante que el sistema sea claro y transparente para determinar quiénes recibirán los bonus, así como su manera de calcular. Igualmente, en función de la compañía y de cada país puede variar mucho la entrega de bonus en despachos de abogados, también se ha de tener en cuenta la cultura de la firma, así como sus estrategias y política. Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
08 nov, 2022
¿Quieres expandir tu negocio a otros países de la UE? Deberás darte de alta en el ROI, Registro de Operadores Intracomunitarios. Después de la pandemia por Covid-19, una elevada cifra de negocios españoles han sufrido cambios en cuanto digitalización y expansión. La búsqueda de nuevos nichos de mercado ha supuesto ampliar las fronteras para la comercialización de sus productos. Es imprescindible que la empresa que emite facturas a receptores con domicilio en otros países de la Unión Europea se familiarice con la normativa fiscal en esta materia para evitar futuras incidencias. ROI. Registro de Operadores Intracomunitarios. El Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) es un Registro de la Agencia Tributaria donde se inscriben las empresas y profesionales para obtener el NIF intracomunitario y así poder operar, comerciar y facturar con empresas de otros países de la Unión Europea. El alta en el ROI puede permitirte algunos beneficios fiscales como la exención del IVA al emitir factura a un cliente de un país intracomunitario distinto del de origen. La Agencia Tributaria por su parte recuerda que practicar la exención es responsabilidad del vendedor, así como la comprobación de que el cliente también se encuentra registrado como Operador Intracomunitario. Obligatoriedad de alta en el ROI. Deberán inscribirse como Operadores Intracomunitarios tanto los autónomos, empresarios profesionales así como las sociedades que realicen entrega o adquisiciones de bienes con países intracomunitarios. Si deseas expandir tu negocio y comercializar o importar productos de otro países intracomunitarios, Alerman Abogados podrá asesorarte y realizar todos los trámites necesarios para tu negocio. Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
25 oct, 2022
El pasado 19 de octubre entró en vigor la Ley 8/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas conocida como la “Ley Crea y Crece”, este texto establece una serie de novedades entre las que se destaca que el capital social mínimo para la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada es de 1 euro. Se obliga el destino a la reserva legal de una cifra al menos igual al 20% del beneficio hasta que se alcance el importe de 3.000 € de capital social. Si se produjera una liquidación, voluntaria o forzosa, y el patrimonio de la sociedad resultara insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán de manera solidaria de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra de capital suscrito. En definitiva, consideramos que, si en el momento de constitución de la Sociedad fuera imposible aportar tres mil euros de capital social, se debería realizar el aumento de capital cuanto antes por si la sociedad deviniera en liquidación evitar incurrir en una deuda de los socios. Desde Alerman estamos a su disposición para asesorarle en esta materia gracias a nuestros expertos en la puesta en marcha de proyectos empresariales. Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información. Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
Por websitebuilder 28 jul, 2022
Los poderes notariales son documentos que autorizan y nombran formalmente de forma fehaciente las actuaciones y gestiones de otra persona en nuestro nombre. La utilización de este documento se ha vuelto muy frecuente, ya que, ofrece facilidades tanto en ámbitos personales como profesionales. Por ejemplo: la comparecencia en notaría para la compraventa de un inmueble, la constitución de hipoteca, etc. La documentación necesaria para otorgar un poder notarial es: · DNI, la tarjeta de residencia o el pasaporte de la persona que da el poder. · Si una de las partes es una Sociedad, habría que aportar las escrituras de nombramiento del administrador o del apoderado. · Los datos de las personas que reciben el poder. El contenido del poder podrá ser: · Las facultades que indique el poderdante sobre los actos que quiera ceder al apoderado. Poderes Generales. · Poderes especiales: se usan para cuestiones concretas que el poderdante no quiere hacer por sí mismo. El otorgamiento de poder notarial no está sujeto a impuestos. Desde Alerman Abogados estamos a su disposición para asesorarle en esta materia gracias a nuestro Equipo de especialistas en asistencia en notaría. Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
Por websitebuilder 21 jul, 2022
En la actualidad, todos tenemos un teléfono móvil con infinidad de aplicaciones y de funcionalidades del que ya dependemos. Una de las funcionalidades que poseen una gran parte de los dispositivos nos permite grabar por medios auditivos o audiovisuales cualquier conversación. Si participamos en la conversación, es totalmente legal su grabación, incluso si no avisamos al resto de participantes. Es muy importante que la persona que graba intervenga en la conversación ya que se considera que no se vulneraría el derecho constitucional relativo al secreto de comunicaciones si participamos en ésta. Si no participamos en la conversación y procedemos a su grabación se puede estar cometiendo un delito de revelación de secretos o contra la intimidad. Para grabar conversaciones ajenas es necesaria una autorización judicial. Sin embargo, la difusión de las conversaciones grabadas sin que medie el consentimiento del resto de participantes podría considerarse como un delito de descubrimiento y revelación de secretos. En cualquier caso, la persona que estaría cometiendo el delito es que la difunde y no el que la grabó. En definitiva, es totalmente legal la grabación de una conversación en la que se está interviniendo; sin embargo, su divulgación no es ya que se podría estar incurriendo en un delito de revelación de secretos. En el supuesto de la grabación de conversaciones sin participar en éstas, es totalmente ilegal a menos que se tenga una autorización judicial. Desde Alerman Abogados estamos a su disposición para asesorarle en esta materia gracias a nuestro Equipo de especialistas en Nuevas Tecnologías. Esta publicación es meramente un resumen, no un análisis completo de los temas en cuestión. Por favor, contáctenos para más información.
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